Un informe generado con Chainalysis no es, por sí solo, una prueba con valor garantizado ante un tribunal español. Lo que sí puede serlo es un dictamen pericial firmado por un técnico que use esa herramienta, explique su metodología, identifique sus limitaciones y acuda a ratificarlo. El juez lo valorará según la sana crítica, junto con el resto de pruebas del procedimiento.
Esta guía explica cómo se encaja ese informe en la ley española, qué debe contener, qué no puede demostrar y cómo preparar la documentación para que sirva en una denuncia o en un pleito.
En resumen
- La herramienta no es la prueba: lo que se aporta al proceso es un dictamen pericial, sometido en lo civil a los artículos 335 y siguientes de la LEC y, en lo penal, al artículo 456 de la LECrim.
- El perito debe explicar la metodología, traducir los datos de la cadena de bloques a lenguaje comprensible y estar disponible para ratificar el informe en juicio.
- El rastreo demuestra el recorrido de los fondos, no la identidad ni la responsabilidad de una persona: para eso se necesitan pruebas externas a la blockchain.
- El tribunal valora el informe de forma conjunta con el resto de la prueba y debe motivar su decisión.
- Conservar bien las evidencias desde el primer día condiciona la utilidad del informe posterior.
Tabla de contenidos
- Qué es realmente un informe de Chainalysis
- Cómo encaja en la ley procesal española
- Qué dice la experiencia internacional
- Cómo valora el juez el informe
- Qué debe incluir un informe para ser útil ante un tribunal
- Lo que el rastreo demuestra y lo que no
- El perito: quién firma y quién ratifica
- Cadena de custodia y conservación de evidencias
- Nuestra perspectiva
- Cómo trabajar el caso paso a paso
- Si necesitas un informe para tu caso
- Preguntas frecuentes
- Fuentes
Qué es realmente un informe de Chainalysis
Chainalysis es una plataforma de análisis de datos de blockchain. Sus soluciones agrupan direcciones, siguen transacciones entre carteras y etiquetan entidades conocidas, como exchanges o servicios de mezcla. Ese material es la materia prima del análisis, pero un resultado exportado de la plataforma no es todavía un medio de prueba admitido como tal en la ley procesal española.
La diferencia importa. Una captura de la interfaz o un gráfico de flujos muestra el resultado de un software. Un informe pericial incorpora además:
- Quién lo firma y con qué cualificación.
- Qué datos de partida se analizaron y cómo se obtuvieron.
- Qué herramientas y qué criterios se aplicaron.
- Qué conclusiones se alcanzan, con qué grado de certeza y con qué límites.
- El compromiso de ratificar el dictamen ante el tribunal.
Por eso conviene hablar de «informe pericial con apoyo en herramientas forenses» y no de «informe de Chainalysis». Si quieres profundizar en la diferencia entre ambos documentos, la guía sobre el informe pericial frente al informe técnico detalla qué se puede esperar de cada uno en juicio.
Cómo encaja en la ley procesal española
En el proceso civil
Los aspectos criptográficos pueden aportarse como prueba pericial, que se rige esencialmente por los artículos 335 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Es la vía habitual cuando la víctima reclama una indemnización o la restitución de fondos a quien se benefició de la estafa.
La razón es práctica: la información que figura en la cadena de bloques no reúne por sí sola todos los requisitos para considerarse documento público y su contenido necesita un dictamen pericial que traduzca el lenguaje alfanumérico a lenguaje humano.
En el proceso penal
En una querella o una denuncia por estafa, la prueba pericial está prevista en el artículo 456 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal cuando se necesitan conocimientos científicos o artísticos para conocer o apreciar un hecho. El mismo trabajo académico señala que, en la complejidad de los ciberdelitos financieros, la prueba pericial informática acaba siendo a menudo el único medio basado en criterios objetivos para fundamentar la autoría.
Un ejemplo real es el caso Arbistar: el juez de la Audiencia Nacional tuvo en cuenta el informe pericial del Departamento de Cibercrimen de la UCO, que concluyó que el sistema de algoritmos nunca estuvo operativo. Muestra que los tribunales españoles trabajan con peritajes técnicos sobre este tipo de fraude.
Qué dice la experiencia internacional
En Estados Unidos, la fiabilidad de Chainalysis Reactor se examinó en audiencias Daubert, y el tribunal admitió sus análisis como prueba. Un análisis profesional de esa firma sostiene que el caso Sterlingov puede servir de hoja de ruta a futuros jueces sobre la admisibilidad de esta herramienta.
Conviene leerlo con precisión: es un precedente de otro ordenamiento, con reglas de admisión distintas. En España no existe un test equivalente al Daubert, y el tribunal aprecia el dictamen conforme a la sana crítica. Aun así, esa decisión aporta un argumento útil: la herramienta ha sido sometida a escrutinio judicial y el perito puede apoyarse en ello al explicar por qué la considera fiable.

Cómo valora el juez el informe
El tribunal otorga al dictamen el valor que derive de su razonamiento lógico, racional y coherente, bajo las reglas de la sana crítica. Eso tiene tres consecuencias prácticas:
- No hay valor tasado. Ni la marca de la herramienta ni el prestigio del informe obligan al juez a aceptar sus conclusiones.
- Se valora en conjunto. El informe se contrasta con otras pruebas: la evidencia on-chain con comunicaciones, contratos, extractos bancarios, registros de plataformas o declaraciones.
- El juez debe motivar. La decisión final depende de que explique razonadamente cómo el dictamen, contrastado con el resto de la prueba, le ha permitido formar convicción sobre los hechos controvertidos.
Para quien prepara un caso, la conclusión es clara: el informe debe estar escrito para que el juez pueda seguir cada paso y reproducirlo, no solo para impresionar con gráficos.
Qué debe incluir un informe para ser útil ante un tribunal
La literatura jurídica sobre pericial en entornos blockchain coincide en una idea: el informe debe fijar un objetivo y una metodología verificables, y en materia de contratos inteligentes menciona el análisis del código y la comprobación de su ejecución en la cadena. Trasladado a un rastreo de fondos estafados, un informe sólido suele recoger estos apartados:
| Apartado | Qué debe constar |
|---|---|
| Objeto y alcance | Qué se pregunta al perito y qué queda fuera del análisis |
| Datos de partida | Direcciones, hashes de transacción, fechas y cómo se obtuvieron |
| Fuentes de datos | Nodos, exploradores y plataformas usadas, con fecha y hora de consulta |
| Metodología | Criterios de seguimiento de fondos y de agrupación de direcciones |
| Atribución | Qué direcciones se asocian a qué entidades y con qué grado de certeza |
| Limitaciones | Mezcladores, puentes entre cadenas, falsos positivos de heurísticas, datos no disponibles |
| Conclusiones | Hechos acreditados, separados de las hipótesis |
| Anexos | Tablas de transacciones, visualizaciones y huellas hash de los archivos |
El apartado de limitaciones no debilita el informe: lo hace creíble. Una contraparte con asesoramiento técnico buscará precisamente las conclusiones que el perito presenta como certezas sin poder sostenerlas.
Lo que el rastreo demuestra y lo que no
El análisis de transacciones permite acreditar que unos fondos salieron de una cartera de la víctima, pasaron por determinadas direcciones y llegaron, por ejemplo, a un depósito en un exchange. Es un hecho técnico verificable.
No permite, por sí solo, afirmar quién controla una dirección. La doctrina destaca que la inmutabilidad de la cadena de bloques aporta seguridad jurídica, pero no exime de demostrar que esa información guarda relación directa con los hechos delictivos investigados en el mundo offline.
En la práctica, la atribución exige cruzar la blockchain con otras fuentes:
- Datos de registro y movimientos que un juzgado puede requerir a un exchange mediante oficio.
- Comunicaciones con los estafadores, en Telegram, correo o redes sociales.
- Webs, dominios, anuncios y perfiles vinculados a la plataforma fraudulenta.
- Información obtenida mediante investigación OSINT de fraude digital.
Un informe que afirme «el titular de esta dirección es X» sin esa corroboración se expone a ser desestimado. Uno que diga «los fondos llegaron a esta dirección, etiquetada como depósito de este exchange, que puede identificar al titular» es exacto y, además, orienta al juzgado sobre la diligencia a pedir.
El perito: quién firma y quién ratifica
El perito debe ser un técnico experto en blockchain, capaz de traducir datos alfanuméricos a un lenguaje inteligible y de explicar la metodología. También debe estar en disposición de comparecer en el juicio oral y responder a las preguntas de las partes.
Ese mismo trabajo presenta como práctica consolidada y recomendable acompañar el informe con la ratificación en juicio. La magistrada Yolanda Ríos, en una entrevista publicada por Economist & Jurist, insiste en distinguir entre fuente y medio de prueba: la cadena de bloques es la fuente, y el dictamen es el medio que la hace comprensible.
Antes de contratar a un perito, pregúntale:
- ¿Firma el informe una persona identificada, con formación acreditable?
- ¿Está dispuesto a ratificarlo en sala y a responder a la contraparte?
- ¿Documenta la fecha, la hora y el origen de cada dato consultado?
- ¿Separa lo comprobado de lo inferido?
Si quieres entender qué aporta esta figura al proceso, consulta la guía sobre el perito blockchain para juicio y la dedicada a víctimas de fraude.
Cadena de custodia y conservación de evidencias
Un buen análisis sobre datos mal conservados pierde fuerza. Desde el primer momento conviene guardar:
- Hashes de transacción y direcciones de origen y destino.
- Conversaciones completas, no solo fragmentos, con fecha y hora.
- Contratos, correos, justificantes de transferencias y capturas de la plataforma fraudulenta.
- Registro de quién accedió a cada archivo y cuándo.
Las capturas de pantalla, por sí solas, son frágiles: puedes revisar su validez legal como prueba y cómo reforzarlas. Para el procedimiento completo de preservación, tienes la guía sobre cadena de custodia digital en fraudes y cripto y la de cómo conservar pruebas de fraude digital. Si ya vas a denunciar, la guía de evidencias para denuncia digital te indica qué llevar.
Consejo profesional: no muevas, consolides ni «pruebes» fondos desde las carteras implicadas antes de documentarlo todo. Cualquier operación posterior puede alterar el rastro que el perito debe describir.
Nuestra perspectiva
En Recovera vemos con frecuencia la misma situación: la víctima llega con capturas y un gráfico de flujos y cree que ya tiene una prueba. Nuestra posición es que el valor está en convertir ese rastro en un documento que un juez pueda entender, contrastar y utilizar.
Trabajamos combinando análisis forense blockchain, herramientas profesionales como las que emplean organismos de seguridad internacionales y investigación OSINT para identificar a los actores implicados. Cada informe lo planteamos como material para un procedimiento legal: metodología explicada, hechos separados de hipótesis y evidencias preservadas.
Creemos que un informe bien construido no sustituye al abogado ni al juzgado, pero les da una base técnica sólida. Por eso colaboramos con despachos especializados y adaptamos la consultoría a cada caso, sin prometer resultados que dependen de la autoridad judicial.
cristian
Cómo trabajar el caso paso a paso
- Detén el contacto y conserva todo. No borres chats ni cierres cuentas.
- Reúne los identificadores. Hashes, direcciones, plataformas y fechas de cada envío.
- Consulta a un abogado especializado en delitos económicos o ciberfraude para decidir entre vía penal y civil.
- Encarga un dictamen técnico que parta de datos preservados y deje claro su alcance.
- Presenta la denuncia o querella con el informe y solicita las diligencias que el análisis sugiera, como requerimientos a exchanges.
- Prepara la ratificación si el procedimiento llega a juicio.
Si el fraude se originó en un canal concreto, hay guías específicas, por ejemplo sobre la investigación en Telegram de estafas o el rastreo de fraude con stablecoins. Y para ver cómo se estructura un documento final, puedes consultar un ejemplo de informe forense cripto.
Si necesitas un informe para tu caso
En Recovera ofrecemos investigación de estafas con criptomonedas, atribución digital mediante OSINT y preservación de evidencia, además de informes técnicos y documentación para procedimientos legales. Puedes ver todos los servicios para víctimas en nuestra página de recuperación de estafas. Si eres abogado y necesitas soporte técnico para un expediente, dispones del servicio para despachos profesionales. Los servicios no tienen precio publicado: se presupuestan según el caso. Para orientarte, consulta la guía de precio de un informe pericial blockchain.
Preguntas frecuentes
¿Puedo presentar directamente un informe de Chainalysis en un juzgado español?
Lo recomendable es no hacerlo así. Lo que se aporta es un dictamen pericial que se apoye en esa herramienta y que explique datos, método y conclusiones. La LEC regula esta prueba en sus artículos 335 y siguientes, y la LECrim la prevé en su artículo 456.
¿Garantiza el informe que el juez me dé la razón?
No. El tribunal valora el dictamen según la sana crítica y junto con el resto de pruebas, y debe motivar su decisión. Un informe claro, reproducible y bien corroborado aumenta su utilidad, pero ningún informe asegura un resultado.
¿Hace falta que el perito vaya al juicio?
Es una práctica consolidada y recomendable que el perito ratifique el informe en juicio oral y responda a las partes. Así se refuerza su valor probatorio y se resuelven dudas técnicas ante el tribunal.
¿Puede el informe identificar al estafador?
Normalmente no por sí solo. Acredita el recorrido de los fondos y puede señalar el exchange o servicio donde terminaron, pero identificar a la persona requiere datos externos, como los que el juzgado puede solicitar a la plataforma, y su cruce con otras pruebas.
¿Sirve una sentencia estadounidense como precedente en España?
No es vinculante. Muestra que la herramienta ha superado un examen judicial en otro país, y el perito puede mencionarlo, pero un tribunal español decidirá según su propio derecho procesal y su valoración de la prueba.
Fuentes
- Blockchain: prueba y preconstitución de prueba, LegalToday
- La blockchain como medio de prueba en los tribunales, Economist & Jurist
- Las criptomonedas frente al delito de blanqueo de capitales, Dialnet
- Blockchain e implicaciones procesales en materia probatoria, Ius et Scientia
- Caso Arbistar, Poder Judicial
- Judicial Scrutiny of Chainalysis, Stout
- Implementación de blockchain en el sistema judicial público y en los ADR, vLex España



